Publicado: Sab 15 Sep 2012, 11:51
Hay una Norma de Calidad que regula las categorías comerciales del Ibérico, de aplicación para el jamón, caña de lomo, paleta y carne. Se trata del Real Decreto 1469/2007, de 2 de noviembre, que hoy día está muy cuestionado y es muy posible que en breve se modifique.
Básicamente establece dos menciones, una por factor racial (Ibérico Puro frente a Ibérico), y otra por factor alimentación (Bellota, Recebo, Cebo en Campo y Cebo).
Para que sea de la categoría Bellota, el cerdo debe cumplir unos requisitos. La edad mínima de sacrificio debe ser 14 meses. Debe haber pasado al menos los dos últimos meses anteriores al sacrificio en una dehesa reconocida como tal en el SIGPAC, alimentándose únicamente de bellotas, pastos y demás recursos naturales, con una carga ganadera máxima de 2 cerdos por hectárea, con una reposición mínima de 4 @ (1 @ = 11,501 kg), fijando un peso y una edad mínima de entrada en montanera, y un peso canal mínimo en matadero.
El Ministerio delega en las CC.AA. el control del cumplimiento de estos factores, y a su vez, las CC.AA. delega dicho control en los organismos independientes de control (entidades de inspección y certificación) que han de estar homologadas en cada CC.AA. y acreditadas por ENAC.
http://es.scribd.com/doc/52325150/El-Ce ... -productos
Básicamente establece dos menciones, una por factor racial (Ibérico Puro frente a Ibérico), y otra por factor alimentación (Bellota, Recebo, Cebo en Campo y Cebo).
Para que sea de la categoría Bellota, el cerdo debe cumplir unos requisitos. La edad mínima de sacrificio debe ser 14 meses. Debe haber pasado al menos los dos últimos meses anteriores al sacrificio en una dehesa reconocida como tal en el SIGPAC, alimentándose únicamente de bellotas, pastos y demás recursos naturales, con una carga ganadera máxima de 2 cerdos por hectárea, con una reposición mínima de 4 @ (1 @ = 11,501 kg), fijando un peso y una edad mínima de entrada en montanera, y un peso canal mínimo en matadero.
El Ministerio delega en las CC.AA. el control del cumplimiento de estos factores, y a su vez, las CC.AA. delega dicho control en los organismos independientes de control (entidades de inspección y certificación) que han de estar homologadas en cada CC.AA. y acreditadas por ENAC.
http://es.scribd.com/doc/52325150/El-Ce ... -productos